Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2014
Fecha: 10-Ene-2014
denegó
La Jueza Cuarta de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 009/2013 de 28 de junio, cursante de fs. 68 a 69, denegó la tutela solicitada, argumentando que, existiendo la vía ordinaria y los medios idóneos para que las partes puedan hacer uso de los mismos, conforme a procedimiento, es el Juez de la causa quien repare y corrija o enmiende las actuaciones que vulneren derechos; pues el ingresar al fondo de la acción generaría una doble vía que iría en contra de los intereses de las partes.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- "Esta autoridad judicial demandada no llegó a determinar la legalidad de la aprehensión, no cumpliendo con su obligación previa de resolución antes de la consideración de la aplicación de cualquier medida cautelar.
- evidenciando así que no hubo una declaración expresa respecto de la ilegalidad de la aprehensión fiscal.
- incidiendo directamente en una lesión al derecho a la libertad del accionante, por su falta de pronunciamiento respecto de la legalidad de la aprehensión cuestionada"
- el objeto
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- III.2. Sobre la identidad de objeto, sujeto y causa
- III.3. Análisis del caso concreto
- deberán tomar en cuenta la ilegalidad de la aprehensión
- CONFIRMAR