Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0130/2014
Fecha: 10-Ene-2014
II.5.
II.5. A través de la Resolución Municipal 003/2013 de 4 de mayo, el Concejo Municipal de Puerto Rico, resolvió abrogar la Resolución Municipal 02/2013, “como consecuencia de su nulidad de pleno derecho” (sic). Asimismo, aprobó la designación como Alcalde Municipal a.i. de Víctor Octavio Mamani Zúñiga; Resolución suscrita por Juan Dumay Mocho, Presidente; Víctor Octavio Mamani Zúñiga, Vicepresidente y la concejala Yngar Tellería Tuno, Secretaria, todos del Concejo Municipal de Puerto Rico (fs. 51 a 54 y 138 a 141).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1.
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR