SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2014
Fecha: 10-Ene-2014
hábeas corpus innovativo o acción de libertad innovativa
Dentro de aquella lógica de desarrollo doctrinal y jurisprudencial, se advierte la existencia de otro tipo de habeas corpus, que es el denominado hábeas corpus innovativo o acción de libertad innovativa, desarrollado más profusamente en la justicia constitucional peruana (art. 1, segundo párrafo del Código Procesal Constitucional de ese país), y que según el entendimiento doctrinal es aquel que procede cuando, a pesar de que ha cesado la amenaza o como refiere César Landa Arroyo haberse convertido en irreparable la violación de la libertad individual -por ser materialmente imposible volver las cosas al estado en que se encontraban antes de su realización-, se solicita la intervención jurisdiccional constitucional, con el objeto de que tales situaciones no se repitan en el futuro, no solo a favor de la persona que interpuso la Acción de Libertad, sino a favor de la sociedad en general, con lo que se pretende establecer una advertencia contra posteriores infracciones al derecho protegido.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. De los tipos de habeas corpus -ahora acción de libertad- considerados por la doctrina y desarrollados por la jurisprudencia
- hábeas corpus innovativo o acción de libertad innovativa
- …una autoridad legal arbitrariamente detiene a una persona sin que haya existido causa que lo justifique y tenemos centenares de casos, finalmente la ponen en libertad se acabó el tema, no hay protección, no hay tutela de los derechos humanos, les digo verdaderamente, no avanzar en el texto en la forma como está propuesta supone volver al viejo judicialismo para eso no cambiamos nada […] yo puedo demandar a una autoridad que me ha detenido ocho días y después me ha puesto en libertad […] ya estoy en libertad y quiero plantear el recurso de hábeas corpus para que la autoridad que ha cometido semejante abuso, que me ha privado de derechos de alimentar a mi familia, de ver a mis hijos, de cumplir con mi trabajo de manera arbitraria, ilegal e inconstitucional debe ser sancionada y el recurso de hábeas corpus declarado procedente […]
- no obstante haber cesado la detención antes de la interposición del recurso
- debe realizar una declaración sobre la efectiva existencia de la lesión al derecho a la libertad física o personal, aunque la misma hubiera desaparecido, advirtiendo a la comunidad y al funcionario o persona particular, que esa conducta es contraria al orden constitucional,
- pro homine
- III.3.1. Desarrollo jurisprudencial
- III.3.2. Aclaración de la línea jurisprudencial
- 2)
- 3)
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR