SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2014

Fecha: 30-Ene-2014

II.2.

II.2.     Según lo afirmado por el accionante -a través de su abogado representante-, en la audiencia tutelar, hasta la fecha de interposición de la acción de libertad -10 de septiembre de 2013-, no se remitieron los actuados procesales pertinentes al tribunal superior, a efectos de la consideración de la apelación que interpuso (fs. 2 a 4 vta.). Situación corroborada por la autoridad demandada en su informe, al señalar que: “…si bien no derivó ante la Sala Penal de turno la apelación formulada se debió a que la defensa técnica no proveyó recaudos para las fotostáticas legalizadas (...) los actuados procesales se dieron dentro del plazo de la norma legal y apelada que fuere la resolución se concedió la misma en audiencia” (sic) (fs. 13).