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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0190/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0190/2014

    Fecha: 30-Ene-2014

    acción de libertad

    En revisión la Resolución 7/2013 de 1 de agosto, cursante de fs. 15 a 17, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por “Gregorio” Ives Padilla Balcazar, por sí y en representación de María del Rosario Padilla Balcazar de Tineo y Edgar Tineo Sikujara contra Ericka y Fernando Barboza Rivero, José Luis Vargas, Rolando Pedraza Lujan y Celso Barboza.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2. Respecto a la persecución ilegal o indebida
    • la persecución indebida debe verse materializada en actos o acciones que permitan concluir la existencia de una amenaza a este derecho, en consecuencia, si no se advierte la orden o emisión de ningún mandamiento que disponga la privación de libertad personal o de locomoción del actor, no es posible admitir que éste estuviera indebida o ilegalmente perseguido, por cuanto, es irracional suponer que podría ejecutarse una disposición que no existe ni existió jamás
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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