SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0198/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0198/2014

Fecha: 30-Ene-2014

toda vez que las resoluciones pronunciadas por las autoridades jurisdiccionales, deben contener dicho componente esencial, producto de razonamientos de hecho y de derecho en los cuales apoyen su decisión, así como los argumentos fácticos y jurídicos que justifiquen la misma;

En esa virtud, se ha evidenciado la vulneración del derecho al debido proceso expresado en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, en su componente de fundamentación y motivación de las resoluciones, toda vez que las resoluciones pronunciadas por las autoridades jurisdiccionales, deben contener dicho componente esencial, producto de razonamientos de hecho y de derecho en los cuales apoyen su decisión, así como los argumentos fácticos y jurídicos que justifiquen la misma; extremos que en el Auto de Vista cuestionado, no se han evidenciado.