Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2014
Fecha: 21-Oct-2014
II.1.
II.1. La DCP 0012/2013, declaró: “La incompatibilidad de los arts. 6; 15.2 y 7; 22.1; 26.III; 30.11 (sólo la frase 'y de endeudamiento público'); 34.3 (solo la frase 'y privados'); 35; 36 parágrafos I, II y III; 55.7; 65.2 (la frase 'de las familias'); 77 inc. a. (solamente la frase 'sanidad agropecuaria'); 85.2 (la frase 'un centro de investigación genética, agroproductiva y pecuaria') y 3; 101.II (solamente la frase 'y conformidad'); 116.3 (solamente la palabra 'político'); y, 122.II inc. a., con la Constitución Política del Estado” (sic). (fs. 63 a 120)
- Fragmento 1
- I.1. Contenido de la consulta
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Análisis del caso concreto
- 6
- El texto original decía:
- Incompatibilidad:
- Examen de constitucionalidad:
- con la interpretación antedicha, el contenido del parágrafo III del art. 26 se declara compatible con la Ley Fundamental.
- Fragmento 11
- Texto modificado:
- Incompatibilidad: “