DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2014

Fecha: 21-Oct-2014

Texto modificado:

I.   Los “residentes”, entendidos como aquellos comunarios que viven fuera de la Autonomía Indígena Originario Campesina, podrán mantener su derecho de acceso a la tierra dentro de la Comunidad en base a normas y procedimientos propios de la autonomía IOC y en sujeción a la Constitución Política del Estado”.

“II. También las autoridades educativas y docentes de la Autonomía Indígena Originario Campesina, serán designadas con la participación del “Consejo Educativo Social Comunitario”, sujeto a reglamentación dentro del Proceso de Selección para la institucionalización, refrendado bajo los Artículos 90 y 91 de la Ley Avelino Siñani y Elizardo Pérez”.