SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2014-S2

Fecha: 01-Oct-2014

II.7.

II.7.   Por Auto de 27 de diciembre de 2013, la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, aclaró que: “…la norma legal que permite desestimar un recurso de apelación es el Art. 102 inc. d) del Reglamento de Procesos Disciplinarios (Acuerdo N° 75/2013)…” (sic) para los casos donde el recurso haya sido interpuesto extemporáneamente; es decir, fuera de los cinco días hábiles, plazo que es fatal y perentorio, que se computa a partir de la notificación, dispuesto así por los arts. 204.I de la LOJ, 15 y 98.II del Reglamento de Procesos Disciplinarios (fs. 204).