SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2014-S2

Fecha: 01-Oct-2014

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

Asimismo, a través de su otro abogado, añadió que el informe del habilitado del SEDES Tarija, indica que no hubo cambio en el sueldo de la accionante, refiriendo también que ésta no cumplió con los requisitos al no contar con la baja médica respectiva emitida por la Caja Nacional de Salud (CNS), solicitando se deniegue la tutela impetrada.

Por otra parte, haciendo uso de la dúplica, argumentó que a la fecha se conserva el ítem del Ministerio de Salud, que se modificó su cargo de responsable de apoyo al programa de apoyo SAFCI, presentando una boleta de pago del mes de enero que detallaría que recibió sueldo como responsable del mencionado programa, adjuntando una certificación del habilitado seccional del SEDES.