SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0006/2014-S2
Fecha: 06-Oct-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante en representación de la Fraternidad Folclórica y Cultural Caporales Universitarios San Simón Cochabamba, denuncia que su derecho a la petición fue vulnerado, argumentando que René Valdez Vallejos, Presidente la Asociación de Fraternidades Folklóricas Virgen de Urqupiña, ahora demandado, les asignó el último puesto para el ingreso de la festividad religiosa, sin considerar su antigüedad ni trayectoria de Patrimonio Oral e Intangible de la Humanidad, por lo que para proteger a niños y adolescentes, pidió al accionado a través de reiteradas cartas de solicitudes permitan entrar en el primer lugar como visitantes después de sus fraternidades afiliadas; sin embargo, el mismo no dio respuesta pronta y oportuna.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- conceder parcialmente
- i)
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el derecho a la petición
- CONFIRMAR en todo