SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2014-S2

Fecha: 10-Oct-2014

1)

Orlando Quiroz Rocha, Juez Quinto de Partido en lo Civil del departamento de Cochabamba, según memorial de 20 de marzo de 2014, cursante a fs. 133 y vta., indicó que: 1) La accionante no individualiza de manera puntual y concreta que actos u omisiones ilegales o indebidas restringen, suprimen o amenazan sus derechos constitucionales; y, 2) Los actos procesales dispuestos en cumplimiento del Auto de Vista de 22 de noviembre de 2013, pronunciado por la Sala Civil Primera, pese a ser impugnables vía apelación, no han sido recurridos en el plazo legal, por lo que fueron consentidos y ejecutoriados tácitamente, no habiendo la accionante cumplido con el principio de subsidiaridad, incurriendo en las causales de improcedencia previstas en los numerales 2 y 3 del art. 53 del Código Procesal Constitucional (CPCo), que ahora pretenden ser subsanados de manera desordenada, confusa e incoherente, mediante la presente acción de amparo constitucional, por lo que, se tiene que la accionante no agotó los medios ordinarios de defensa, por lo que solicita se deniegue la tutela solicitada.