SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0033/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0033/2014-S2

Fecha: 20-Oct-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fue electo Presidente de la Cámara Boliviana de Transporte Nacional e Internacional por el periodo comprendido entre las gestiones 2014 a 2016; la elección, se llevó a cabo el 31 de enero de 2014, en instalaciones de la Cámara de Transportes del Oriente de Santa Cruz, la cual, fue completamente legal por ternas y voto abierto de las Cámaras departamentales de Santa Cruz, Cochabamba, Chuquisaca, Potosí, Oruro y Yacuiba.

Manifiesta que ésta, es una Asociación gremial de carácter empresarial sin fines de lucro, motivo por el que, la dedicación personal es en beneficio único y exclusivo de sus afiliados; es así que, el trabajo que iba realizando día a día, sin ningún tipo de interrupción, fue violentado, cuando el 17 de marzo de 2014, ingresaron a las instalaciones un grupo de personas de manera violenta, forzando chapas, pateando puertas, anulando las alarmas de vigilancia, todos dirigidos por Bernardo Mamani y Nelson Ramos, quienes exigían que su persona renuncie de manera inmediata, sin presentar al efecto ninguna orden judicial o administrativa que autorice dicho atropello, actuando en complicidad de la Notaria de Fe Pública de Primera Clase 91, Magda Emilia Cordero Lobaton, que procedió a precintar todas las instalaciones, equipos y material de las oficinas de la Cámara Boliviana de Transporte Nacional e Internacional, echándolos de los ambientes como si fueran delincuentes, mellando su dignidad, el derecho a la propiedad y al trabajo que les corresponde y asiste; hechos que merecen la tutela constitucional, estableciendo inclusive responsabilidades; toda vez que, a momento de la interposición de la presente acción se encuentran asentados en el inmueble, sin permitir el ingreso de ninguna persona cometiendo acciones y medidas de hecho.