SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0033/2014-S2
Fecha: 20-Oct-2014
II.3.
II.3. Según el acta de Reunión Cámara Boliviana de Transporte, llevada a cabo el 16 de mayo de 2014, en las oficinas centrales de la Cámara Boliviana de Transporte Nacional e Internacional con la presencia y representación de Instituciones como la Asociación de Transporte Pesado de El Alto, representada por Gregorio Guarachi y Juan Carlos Chávez; la Cámara Boliviana de Transporte representada por Fidel Baptista Aguilar y Edwin Velásquez, así también la participación de representantes de las distintas Cámaras Departamentales y Regionales y además empresarios de transporte de los diferentes distritos; quienes determinaron de manera consensuada, “La RESTITUCIÓN EJECUTIVA Y ADMINISTRATIVA de la Cámara Boliviana de Transporte Nacional e Internacional al Directorio y Plantel Administrativo a la cabeza del electo Directorio del Presidente de la CBT Sr. Fidel Baptista Aguilar” (sic).
Asimismo, la Asociación de Transporte Pesado de El Alto hizo la “entrega formal de las llaves y las oficinas centrales de la CBT, mismas que se mantendrán cerradas hasta la conclusión de la próxima Asamblea Nacional de la CBT” (sic), misma que se llevará a cabo el 22 de mayo de 2014 a horas 09:00 am. (fs. 102).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Las vías de hecho. Finalidad de la tutela constitucional, definición y presupuestos de activación
- III.3. En cuanto a la flexibilización del principio de subsidiariedad frente a vías de hecho
- III.4. La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- III.5. Análisis del caso concreto