Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2014-S3
Fecha: 14-Oct-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que las autoridades demandadas lesionaron su derecho a la libertad, habida cuenta que a raíz de una denuncia en su contra, prestó declaración informativa, lo aprehendieron sin considerar que el mínimo establecido para la sanción de los delitos imputados no llegaban a dos años, situación que fue de conocimiento de la Jueza cautelar, quien declaró legal la aprehensión con el argumento que era necesario para el Fiscal asegurar la presencia del imputado en el proceso sin importar los delitos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del control jurisdiccional durante la etapa preparatoria
- facultades conferidas a los miembros de la policía como a los fiscales, en su labor investigativa y de persecución del delito, se encuentra la aprehensión, conforme a los arts. 226 y 227 del CPP; facultad que también se halla bajo control jurisdiccional del juez cautelar, quien examinando el accionar de estas autoridades, calificará la aprehensión como legal o ilegal”
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11
- CONFIRMAR