SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2014-S3

Fecha: 20-Oct-2014

a)

Ciro Arciniega Baptista, Administrador de la CNS Regional Pando, mediante su abogado, en audiencia manifestó: a) El presente amparo emerge de una serie de demandas laborales, interpuestas por el accionante, donde las boletas requeridas se encuentran adosadas al proceso laboral que él mismo inició contra el administrador de la Caja de Salud, razón por la cual dichos documentos no se encuentran en oficinas de la Caja; b) Cuando el accionante presentó su nota de 22 de enero de 2014, el Administrador de la Caja se encontraba de vacaciones, pedido que fue enviado a Recursos Humanos (RRHH) y el 29 del mismo mes y año, se remitió informe al Dr. Pérez quien se encontraba de administrador interino; c) El accionante se presentó en varias oportunidades en Secretaría de la Caja, donde se le manifestó que no habían los informes solicitados, dándole una respuesta en forma oral, además que las boletas de asistencia que solicita, fueron entregadas dentro del juicio laboral instaurado; por otro lado, igualmente hay que tomar en cuenta que la Institución con anterioridad no contaba con un ambiente propicio para el archivo de este tipo de documentos, por lo que se sufrió la pérdida de alguna documentación; y, d) El anterior Administrador de la Caja, hizo entrega a todos los funcionarios las tarjetas, unos cuantos hicieron la devolución y otros no; y para que el Policlínico marche de manera adecuada todos tuvieron que trabajar mucho más de lo que era el turno, por lo que sorprende la actitud del accionante.