SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2014-S3

Fecha: 20-Oct-2014

III.2. Análisis del caso concreto

            En razón a lo expuesto, se evidencia por una parte, que la respuesta además de no haber sido pronta y oportuna, tampoco fue comunicada al peticionante de manera formal, y el hecho de que supuestamente habría una repuesta verbal, como lo señaló la autoridad demandada en audiencia, no enerva la presencia de falta de pronunciamiento respecto al requerimiento del accionante, por otro lado, igualmente se constata de la inexistencia de medios de impugnación previstos por ley; concurriendo en el caso presente, los presupuestos para activar la acción de tutela ante la vulneración al derecho de petición, debiendo en consecuencia conceder la tutela con relación a lo demandado.