SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2014-S3

Fecha: 20-Oct-2014

II.3.

II.3. Por nota de 12 de marzo de 2014, la Jefa de Personal a.i. de la CNS Regional Pando, hizo conocer al Asesor Legal de la Caja, Erick Rengifo Jiménez, que respecto a la solicitud del accionante de fotocopias legalizadas de todas las tarjetas de asistencia del servicio de emergencia desde el 15 de octubre de 2002, a la fecha de recepción -24 de enero de 2014-, lamentablemente esa Unidad no cuenta con la documentación de la gestión 2002 a la gestión 2010, por razones de cambio de encargados de personal, por lo que para dar respuesta al accionante se debe verificar y hacer la búsqueda de archivos del área de contabilidad, al estar dicha documentación en el antiguo Policlínico, la Unidad requeriría tiempo; asimismo señaló que a la fecha si bien se pudo encontrar documentación mediante la cual se acredita que el funcionario si trabajó, como ser planillas de pago, sin embargo no fueron encontradas las tarjetas de asistencia de gestiones pasadas (fs. 10 a 11).