Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2014-S3
Fecha: 21-Oct-2014
II.4.
II.4. Consta acta de suspensión de audiencia de declaración informativa, de 14 de abril de 2014, en la cual Jaime Gallardo Terceros, Fiscal de Materia demandado, señaló “…hasta tanto y cuanto se señale la audiencia de las medidas cautelares a considerarse, el menor nombrado, continúe en resguardo en el Centro de Terapia Varones, de donde deberá ser trasladado directamente a la audiencia de medidas cautelares precitado…” (sic) (fs. 15).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Obligación del representante del Ministerio Público de solicitar a la autoridad judicial la ratificación de la aprehensión del adolescente
- 1)
- III.2. Casos de inversión de la carga de la prueba en la acción de libertad: La parte demandada debe desmentir o al menos negar los hechos por encontrarse en poder de la información o prueba
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte