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    AUTO CONSTITUCIONAL 0281/2014-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0281/2014-RCA

    Fecha: 17-Nov-2014

    Fragmento 1

    En revisión la Resolución 59/2014 de 14 de agosto, cursante a fs. 30 y vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Víctor Gonzalo Paz Zeballos contra Wilfredo Bustillos Flores, Rector y Lady Illanes Martínez, ex Directora Académica ambos del Instituto Comercial Superior de la Nación “Tte. Armando de Palacios” (INCOS) La Paz.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que  motivan la acción
    • I.3. Petitorio
    • improcedencia “in limine”
    • I.6. Trámite Procesal en la Comisión de Admisión
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • es un mecanismo subsidiario, porque únicamente puede instaurarse cuando el lesionado no tiene otro medio de defensa; por lo tanto, cuando hay otros recursos expeditos, éstos deben ser utilizados primero y sólo se concederá el Amparo Constitucional cuando aquéllos resultaren ineficaces para la defensa de los derechos, o cuando se lo conceda como protección inmediata para evitar un daño irreparable'.
    • II.3. Análisis de la Resolución elevada en revisión
    • subsidiariedad

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