SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinaciona 0181/2014-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinaciona 0181/2014-s2

Fecha: 24-Nov-2014

Fragmento 12

            De la revisión de antecedentes que cursan en el expediente se tiene que Jorge Terrazas Chaly, mediante memorial el 16 de agosto de 2013, interpuso recurso de casación en la forma de y el fondo ante la Jueza Agroambiental de San Juaquín provincia Mamoré del departamento del Beni, dentro de la demanda de resolución de compromiso de venta y aceptación del compromiso de venta, daños y perjuicios instaurado por Alfredo Miguel Rodrigo Prado a nombre de Carlos Eduardo y María Renee, ambos de apellidos Rodrigo Prado; recurso de casación que con referencia a la forma cuestionó el incumplimiento de plazos en la tramitación del incidente de recusación, el señalamiento de audiencia en inobservancia   del incidente de recusación pendiente de resolución, la infracción de los plazos para el desarrollo de audiencia, la citación que no cumplió con formalidades legales, la falta de forma en las notificaciones                  con señalamiento de audiencia, respecto a las notificaciones en el desarrollo del proceso viciadas de nulidad. Con relación a la casación        en el fondo reclamó sobre las facultades para demandar únicamente        la resolución de contrato de compromiso de venta de 6 de noviembre de 2008, de la contradicción en la parte resolutiva de la Sentencia, la falencia de justificación de inasistencia de los demandantes en la audiencia, la falta de resolución de las excepciones, procedencia de la demanda de resolución, sobre el incumplimiento del compromiso de venta de los demandantes, la observancia que el objeto de la prueba debe ser claro y preciso acorde a las pretensiones de las partes, bajo pena de nulidad, la errónea apreciación de las pruebas, y falta de motivación en la Sentencia.