SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2014-S1

Fecha: 06-Nov-2014

a)

El abogado de la accionante, ratificó el tenor íntegro de la acción de defensa y añadió que: a) No debió aplicársele el Estatuto Nacional, por cuanto, la Federación Sindical de Trabajadores en Salud de Santa Cruz, tiene su propio estatuto y reglamento, donde se establece que cada Federación debe conformar su propio Tribunal de Honor Disciplinario o Departamental, de donde el Tribunal de Honor Nacional, no estaba facultado para conocer y resolver estos casos en primera instancia, sino como tribunal de apelación; b) Asimismo, el Tribunal de Disciplina que conoce la causa, debe analizar si es procedente o no y después convocar a las partes y abrir término de prueba de diez días, lo que no ocurrió, dictando en contra sentido directamente la resolución sancionatoria; y, c) El asunto es llevado al Congreso, donde lo ratificaron, con el objetivo de coartar a la accionante su derecho a participar en el acto eleccionario como candidata a la cartea ejecutiva de la Federación Sindical de Trabajadores de Salud.