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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2014-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2014-S1

    Fecha: 06-Nov-2014

    a)

    El accionante, por intermedio de su abogado, ratificó el contenido de la demanda y además agregó que: a) El accionante fue puesto en libertad el día anterior a la realización de la audiencia; b) Por memorial de 21 de abril de ese año, se puso en conocimiento la suplencia de los fiadores personales, propuestos en un principio; y, c) El Juez de la causa señaló audiencia para la consideración del acta de suscripción de fiadores el 25 de abril de 2014.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
    • III.2. Sobre el principio de celeridad en la tramitación de las medidas sustitutivas
    • III.3. Sobre el arraigo determinado como medida sustitutiva
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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