Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2014-S1
Fecha: 06-Nov-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera que se lesionó su derecho a la libertad y al debido proceso, toda vez que luego de haber obtenido a su favor, resolución de medidas sustitutivas, hasta presentada la acción de libertad, seguía privado de su libertad, siendo que cumplió con la fianza personal impuesta y que la autoridad judicial demandada sin considerar aquello y con el pretexto de que no habría cumplido con el arraigo nacional, no libró el mandamiento de libertad a su favor.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
- III.2. Sobre el principio de celeridad en la tramitación de las medidas sustitutivas
- III.3. Sobre el arraigo determinado como medida sustitutiva
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR