Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2014-S1
Fecha: 06-Nov-2014
acción de libertad
En revisión la Resolución 004/2014 de 1 de mayo, cursante de fs. 42 a 47, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta Máximo Rosendo Gutiérrez Rojas en representación sin mandato de Jonathan Gabriel Allendes Allendes, Alexis Rolando Paredes Guajardo, Carlos Alfredo Muñoz Córdova, Osvaldo Enrique Bustamante Arancibia contra Julio Huarachi Pozo, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- en
- y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que; por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- “4. Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada”
- III.2.Análisis del caso concreto
- Fragmento 14