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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2014-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2014-S1

    Fecha: 10-Nov-2014

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • a)
    • concedió
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • pronta, oportuna, gratuita
    • deben ser atendidas de forma inmediata
    • sólo le es exigible a la autoridad judicial encargada del control jurisdiccional, sino también a todo funcionario judicial o administrativo que intervenga o participe en dicha actuación
    • hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas
    • III.3.          Trámite procesal de la apelación incidental de una medida cautelar
    • las actuaciones pertinentes deben ser remitidas ante el ahora Tribunal departamental de Justicia en el término de veinticuatro horas, debiendo el tribunal de alzada resolver el recurso, sin más trámite y en audiencia, dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • será apelable, en el efecto no suspensivo
    • CONFIRMAR

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