SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2014-S1

Fecha: 10-Nov-2014

concedió

La Jueza Cuarta de Partido, de Sentencia Penal y Mixta de Sacaba del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, por Resolución de 13 de mayo de 2014, cursante de fs. 27 a 29 vta., concedió la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) Bajo la naturaleza jurídica de la acción de libertad descrita en el art. 125 de la CPE y expresada en la                 SC 0895/2010-R de 10 de agosto, que ampara el derecho a la libertad señalado en el art. 23.I de la Norma Suprema, se halla íntimamente ligado al principio de celeridad, lo que ha sido desarrollado por las SSCC 0900/2010-R, 0224/2004, 0154/2010-R y 0044/2010-R, siendo que en esta última se señala al hábeas corpus traslativo o de pronto -hoy acción de libertad- despacho que se emplea cuando existe una dilación indebida para resolver la situación jurídica de una persona respecto de su derecho a la libertad física o personal; 2) Con igual razonamiento se citan las SSCC 1109/2004-R, 1921/2004-R, 0826/2004-R, 1477/2004-R, 0046/2007-R, 0304/2010-R, 0160/2005-R,  0389/2006-R, 0870/2007-R, 0387/2010-R y 1508/2011-R; y, 3) Confirmó la veracidad de los hechos expuesto en la demanda, y señaló que el Juez demandado no cumplió con el principio de celeridad establecido en los arts. 178 y 180 de la CPE; que se demostró la falta de aplicación del art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que establece el plazo de veinticuatro horas para la remisión del cuaderno de apelaciones al superior en grado, lo que no obliga a la aplicación del principio de gratuidad ya que los recaudos para las fotocopias legalizadas deben ser provistos por la parte interesada, sin que ello implique vulneración de derechos; empero, tampoco se le conminó a que presente los recaudos señalados, así como tampoco se demostró que la parte accionante se haya apersonado a Secretaría del Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal de Sacaba, a proveer los mismos.