SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2014-S1

Fecha: 20-Nov-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 28 de noviembre de 2013 la accionante fue sorprendida junto a su familia, por los demandados que alegando haber comprado de Sixto Vedia Miranda y María Luisa Calisaya de Vedia el bien inmueble que ella y su familia habitaban desde hace veinte años, le solicitaron su entrega, señalando que se hallaban realizando el cambio de nombre; desde entonces los demandados realizaron una serie de acciones de hecho, como ser el derribo de paredes, la acumulación de material de construcción, irrumpiendo en los ambientes donde vive, cortándole el agua potable y energía eléctrica y taparon el pozo séptico que servía de baño, pese a que ella paga regularmente por los servicios de electricidad y agua potable.

Posteriormente, los demandados le comunicaron que interpusieron en su contra una demanda de interdicto de adquirir la posesión del lote 128; sin embargo, el lote que ella y su familia habitan es el lote 136, demanda que se encuentra para resolución en el Juzgado Primero de Instrucción Civil y Comercial de Quillacollo; empero, sin esperar el fallo, los demandados se dieron a la tarea de destechar y hacer caer paredes de manera violenta, sin que hubiera recibido requerimiento alguno de desocupación por parte de los propietarios del inmueble referidos en el párrafo anterior.