SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2014 -S1
Fecha: 24-Nov-2014
Fragmento 10
En relación a los hechos lesivos atribuidos tanto al representante del Ministerio Público como a la funcionaria de la Policía Nacional en la presente acción tutelar, se tiene que en el ejercicio pleno de sus funciones, el Fiscal asignado a la investigación por la presunta comisión del delito de violencia intrafamiliar promovida a denuncia de Navia Blanca Choque Cussi contra el ahora accionante, dicto Resolución de medidas de protección 8/2014 de 9 de enero, en tal sentido, como Director Funcional de la investigación, ordenó la notificación con la Resolución citada precedentemente a la Investigadora asignada al caso Candida Quispe, funcionaria policial, quien procedió a notificar al sindicado con la Resolución de medidas de protección a fin de garantizar la integridad de las mujeres que se encuentran en situación de violencia y dar estricto cumplimiento al punto 8 de la Resolución anotada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de sus derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 10
- CONFIRMAR