SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2014-S1

Fecha: 24-Nov-2014

concede

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 5 de mayo de 2014, cursante de fs. 183 a 191, que concede la tutela provisional disponiendo que Jaime Eduardo Yapur Prado, Gerente Regional de EMBOL S.A., en cumplimiento estricto de la conminatoria MTEPS/JDTBBBA/009/2014, pronunciada por la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba, proceda a la reincorporación inmediata del accionante a su fuente laboral, bajo los términos expuestos en dicha conminatoria, con daños y perjuicios averiguables en ejecución y sin lugar a costas por no estar previstas legalmente. Fallo que fue emitido con el siguiente argumento: i) Considerando que el trabajo cumple una función social por ser una actividad indispensable para satisfacer las necesidades individuales del hombre y su familia, razón suficiente para que se constituya en un derecho y un deber tutelado por el Estado, máxime si es el único medio licito para lograr el sustento propio del trabajador, su familia y la sociedad; correspondiendo otorgar la tutela solicitada inmediata ante la evidencia de incumplimiento por parte del empleador a la conminatoria de reincorporación emitida por la Jefatura Departamental del Trabajo de Cochabamba; y, ii) El accionante, amerita la tutela provisional, en observancia de los derechos fundamentales que amparan los arts. 46 y 48 de la CPE y los Decretos Supremos (DDSS) 0495 y 28699 de 1 de mayo de 2006, en razón de haberse vulnerado el derecho al trabajo y la estabilidad laboral.