SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2014-S1

Fecha: 24-Nov-2014

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante a través de su representante sin mandato, considera que se lesionó su derecho al debido proceso, toda vez que la Jueza codemandada en audiencia de medida cautelar, ordenó medidas sustitutivas para Limberth Alexis Parra Rosas, quien fue denunciado por el accionante, por lo que conforme al art. 251 CPP, formuló recurso de apelación incidental, solicitando a la vez que se remita actuaciones ante la Sala Penal de turno, dentro de las veinticuatro horas; sin embargo, la mencionada Jueza no decretó dicho memorial, hasta “la fecha”, menos remitió actuaciones ante la Sala Penal de turno.