Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2014-S1
Fecha: 24-Nov-2014
II.3.
II.3. Por certificado médico forense de 5 de junio de 2014, emitido a horas 22:20 a requerimiento del Fiscal de Materia, se procedió a la valoración médica de Roxana Rivero Fariñas, de 7 meses de gestación, determinando policontusión, contusión nasal, fractura de huesos de la nariz, contusión abdominal y amenaza de aborto, otorgando 15 días de incapacidad, susceptibles de modificación según valoración del médico -gineco-obstetra y médico otorrinolaringólogo, esperando valoración médica a fin de establecer vitalidad del producto en gestación (fs. 12).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal
- es un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos
- La legitimación pasiva se constituye en un requisito esencial para la activación de la acción de libertad, la misma identifica a la persona o autoridad que presuntamente vulneró algún derecho fundamental, debiendo dirigirse la acción tutelar contra el sujeto que lesiono los derechos
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR