Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2014-S3
Fecha: 05-Nov-2014
b)
b) Disponer que AFP “BBVA Previsión S.A.”, en sujeción al art. 289 del DS 24469 de 17 de enero de 1997, en el plazo de cinco (5) días hábiles administrativos a partir de la notificación con la presente Resolución, reponga con recursos propios al fondo de la −actual− Cuenta Colectiva de Riesgo Común, los recursos utilizados para el resarcimiento correspondiente a Bs2 143 900.82 (dos millones ciento cuarenta y tres mil novecientos 82/100 Bolivianos), más su rentabilidad.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 6
- concedió
- II.1.
- b)
- c)
- II.2.1.
- i)
- III.1. El derecho a una resolución fundamentada y motivada como componente esencial del debido proceso
- III.2. Del ámbito de protección del proceso contencioso administrativo, en relación a la acción de amparo constitucional
- REVOCAR