SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2014-S3
Fecha: 05-Nov-2014
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, disponiéndose la nulidad de la Resolución Final Administrativa inclusive [Resolución Final Administrativa APS/DJ/DPC/392-2010, de 8 de junio de 2012], ordenando a las autoridades demandadas que al emitir sus fallos lo hagan en respeto al debido proceso y la observancia de los principios de legalidad y seguridad jurídica; aclarando además que, en los cuatro casos de autos (Fernando Rafael José Herrera Aguilera, Ramiro Martínez Camacho, Edwin Céspedes Vélez y Jorge Marcelo Lara Balderrama) se tienen cumplidos los requisitos de ley, para acceder a una pensión de jubilación, que fue reconocido por autoridad judicial competente; por lo que, corresponde el pago con dineros del “fondo de pensiones”, conforme lo anota el punto 8.6 del Contrato de Prestación de Servicios entre la ex SPVS y la AFP; resultando en consecuencia razonable, justo y legal que la AFP “BBVA Previsión S.A.”, haya conciliado cuentas y se haya resarcido del “fondo de pensiones” (Recursos de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad del Fondo de Capitalización Individual, ahora denominado Fondo de Riesgo Común). Sea con condenación en costas, daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 6
- concedió
- II.1.
- b)
- c)
- II.2.1.
- i)
- III.1. El derecho a una resolución fundamentada y motivada como componente esencial del debido proceso
- III.2. Del ámbito de protección del proceso contencioso administrativo, en relación a la acción de amparo constitucional
- REVOCAR