Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0123/2014-S3
Fecha: 05-Nov-2014
denegó
El Juez Tercero de Partido y de Sentencia Penal de Montero del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, por Resolución de 27 de febrero de 2014, cursante de fs. 25 vta. a 27, denegó la tutela solicitada, llamando la atención a la parte accionante por plantear mal su acción, con el fundamento que, “…la audiencia fue instalada por la Juez ahora accionada en fecha 18 de Febrero de 2014 a hrs. 19:00, las partes estuvieron presentes en sala, se les dio la oportunidad que se pronuncien, se suspendió la audiencia; la Juez accionada le está dando, una respuesta y se señala nueva audiencia para el dia 06 de marzo de 2014, que toda vía está pendiente…” (sic).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- a la parte imputada por no promover las diligencias con la debida anticipación. De acuerdo al principio de celeridad procesal se señala nueva fecha y hora de audiencia para el día 06 de marzo del año 2014
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR