SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2014-S3
Fecha: 10-Nov-2014
a)
El accionante, mediante su abogado, reiteró los fundamentos expuestos en el memorial de acción de libertad y ampliándolos señaló que: a) El ciudadano Paraskevas Athanasios se encuentra privado de libertad desde el 17 de abril de 2014, tratándose ésta de una detención indebida; b) El Fiscal de Materia, Osman Arias dispuso su detención en razón a un pedido de extradición por parte de la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL); c) No se presenta ningún documento oficial que determine que el accionante es buscado por esta Organización; d) El Fiscal intentó ratificar esta solicitud de extradición ante el Juzgado Decimoquinto de Instrucción en lo Penal, sin embargo, fue rechazado por el Juez, declarándose incompetente; e) Es así que la Fiscalía emite un requerimiento dejando sin efecto el anterior de 18 de igual mes y año, disponiendo la remisión de antecedentes del accionante a la Dirección Departamental de la INTERPOL de Santa Cruz, que a su vez lo derivó a Migración; g) Es en ese contexto que el accionante esta más de cinco días detenido sin resolverse su situación, no comunicándole en qué circunstancia está, vulnerándose sus garantías constitucionales y manteniéndose su privación de libertad; h) Bajo estos antecedentes es que se interpone la acción de libertad contra la Directora Departamental de Migración quien lo mantiene detenido, remitiéndolo a la celda de la INTERPOL; i) El plazo de veinticuatro horas en la que una persona “aprehendida” es puesta ante Juez pertinente para que éste defina su situación jurídica no fue observado; y, j) Finalmente, señala que el accionante vive más de diez años en el país y tiene familia e hijos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- la Dirección General de Migración remitirá a ésta a la autoridad competente
- CONFIRMAR