SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0171/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0171/2014-S2

Fecha: 24-Nov-2014

Fragmento 22

Aclarado este aspecto; del Decreto Departamental  02/2010 de 30 de junio  emitido por el Gobierno Autónomo Departamental del Beni, se infiere que  el SEPCAM-BENI, si bien fue liquidado  como emergencia de la  transición ordenada de las Prefecturas de Departamento a los Gobiernos Autónomos Departamentales prevista por la Ley 017  de 24 de mayo de 2010; sin embargo las funciones y el servicio que prestaba esta entidad al presente viene siendo ejercida por la Dirección de Desarrollo Vial dependiente de la Secretaria Departamental de Desarrollo Vial y Obras Públicas del Gobierno Autónomo Departamental el Beni; por consiguiente sus dependientes en razón a las labores que realizan, se encuentran dentro el ámbito de protección de la Ley General del Trabajo por expresa disposición de la Ley 3613 de 12 de marzo de 2007 cuyo art. 1 expresa: “ Restitúyese al Régimen Laboral de la Ley General del Trabajo a los trabajadores asalariados de los Servicios Departamentales de Caminos, debiendo gozar de todos los derechos que la Constitución, la Ley General del Trabajo y la Legislación Laboral vigente confieren a todos los trabajadores asalariados”.