Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2014-S2
Fecha: 24-Nov-2014
II.4.
II.4. El 21 de marzo del 2014, el Juez Tercero de Sentencia Penal, llevó adelante audiencia de acción de libertad, interpuesto por Virginia Chura de Avendaño en representación sin mandato de Juan Víctor Avendaño Chura contra Julia Elena Gemio Limachi, Jueza Primera de Sentencia Penal, demanda en la que se concede la tutela, y se dispone que se dé curso a la internación del ahora accionante, que se halla certificada por el Médico Forense (fs. 131 a 134).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2.Del cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones tutelares
- en los casos de desobediencia, resistencia o incumplimiento a las resoluciones dictadas en las diferentes acciones constitucionales, no corresponde la deducción de otra acción tutelar, pues ella debe ser solicitada al mismo juez o tribunal que conoció de la acción, por ser la autoridad llamada a hacer cumplir el fallo constitucional, y en su defecto, pedir la remisión de antecedentes al Ministerio Público para el procesamiento penal del o los demandados por la comisión del delito previsto en el art. 179 BIS del Código Penal (CP), que sanciona con dos a seis años de reclusión y multa de cien a trescientos días al 'funcionario o particular que no diere cumplimiento exacto a dichas resoluciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo