Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0190/2014-S3
Fecha: 25-Nov-2014
1)
El representante, estima como vulnerados los derechos del menor AA, a la libertad, a la defensa, al debido proceso y a la “seguridad jurídica”, por cuanto, sin considerarse su minoría de edad: 1) Una vez aprehendido, no se dio aviso inmediato a sus progenitores y continúa detenido preventivamente; 2) Se dispuso su detención preventiva por una autoridad judicial diferente al de la niñez y adolescencia; 3) Se dispuso su detención preventiva en un recinto penitenciario no acorde a su minoridad; y, 4) No intervino un fiscal especializado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.2.
- 1)
- III.1. Jurisprudencia reiterada y consolidada sobre los supuestos de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- i)
- Respecto de la Jueza demandada
- a)
- Respecto de los representantes del Ministerio Público demandados
- Fragmento 12