AUTO CONSTITUCIONAL 0452/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0452/2014-CA

Fecha: 04-Dic-2014

II.3. Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisión

En el presente caso, Selma Gabriela Llanos Bilbao ahora accionante, fue denunciada dentro de un proceso disciplinario por faltas graves; en cuya sustanciación planteó la presente acción de inconstitucionalidad concreta respecto a los arts. 3.2, 184.III y 195 de la LOJ; y, 26 y 65 del Reglamento de Procesos Disciplinarios para la Jurisdicción Ordinaria y Agroambiental; habiendo sido rechazada por la autoridad administrativa consultante.

En ese orden, de la revisión en el caso de autos, se evidencia que la accionante efectúa una relación del proceso disciplinario, pero no así el contraste entre las disposiciones legales cuestionadas con el texto constitucional; en razón a que, en los argumentos que esgrime, no precisa cómo es que los artículos impugnados, son incompatibles con cada uno de los preceptos invocados de la Constitución Política del Estado, por lo que no cumplió con el requisito establecido por el art. 24.I.4 del CPCo.

Por lo anotado, se evidencia insuficiente fundamentación jurídico constitucional, dado que no se explica en forma clara las razones que conducen al cuestionamiento de las disposiciones demandadas, limitándose a señalar que contravienen los arts. 7, 8, 14, 21, 22, 115, 116.I, 117.I, 119.II. 120, 256 y 410 de la Norma Suprema. Asimismo, no existe una vinculación necesaria entre la validez constitucional de las disposiciones legales cuestionadas con la decisión que podría adoptar la autoridad consultante, dentro del proceso disciplinario de referencia.