Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0452/2014-CA
Fecha: 04-Dic-2014
RATIFICAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, de conformidad a lo establecido en el art. 83.II del Código Procesal Constitucional, resuelve: RATIFICAR la Resolución 16 de 24 de noviembre de 2014, cursante a fs. 50 a 61, pronunciada por el Juez Disciplinario de la Oficina Departamental de Potosí del Consejo de la Magistratura por la que RECHAZÓ la acción inconstitucionalidad concreta.
- Juez Disciplinario de la Oficina Departamental de Potosí del Consejo de la Magistratura
- supuestamente por omitir negar o retardar indebidamente la tramitación de los asuntos a su cargo o la prestación del servicio a que están obligados y por supuestamente actuar en un proceso que no sea de mi competencia o porque se perdió competencia
- rechazó
- II.1. Norma jurídica impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- tienen por objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial que sea contraria a la Constitución Política del Estado
- procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
- II.3. Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisión
- RATIFICAR