Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0459/2014-CA
Fecha: 04-Dic-2014
2° RECHAZAR
2° RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad concreta, formulada por Agnetha Miranda Linares abogada defensora de oficio, en representación de Manfred Armando Antonio Reyes Villa Bacigalupi y Marcelo Rafael Meave Heredia, demandando la inconstitucionalidad del art. 224 del Código Penal, por ser presuntamente contrario a los arts. 1, 9.4, 8.II, 178.I y 116.II de la Constitución Política del Estado; 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
- Tribunal Quinto de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- Admitió
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- 2° RECHAZAR