Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Los suscritos Magistrados manifiestan su disidencia en relación a la DCP 0083/2014 de 8 de diciembre, en base a los siguientes argumentos jurídico-constitucionales
Fecha: 08-Dic-2014
II.2.2. Sobre el art. 57
I. Se funda una nueva institucionalidad autónoma en la figura del defensor del ciudadano, autoridad que velando el cumplimiento de lo establecido en la norma básica municipal, protege fundamentalmente al ciudadano y ciudadana en los niveles de cumplimiento de derechos y obligaciones autonómicos.
- Interpuesto por:
- garantizar la supremacía constitucional
- máxima
- Análisis
- “Artículo 8
- educación”
- II.2.2. Sobre el art. 57
- Artículo 48. Organización y administración de las servidoras, servidores y funcionarios públicos municipales
- Artículo 26. Incompatibilidad, conflicto de intereses, suspensión, suplencia temporal