SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2014-S1

Fecha: 05-Dic-2014

III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad

El art. 125 de la CPE, prevé que: “Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad y acudir, de manera oral o escrita, por sí o por cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad procesal ante cualquier juez o tribunal competente en materia penal, y solicitará que se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida, se restablezcan las formalidades legales o se restituya su derecho a la libertad”; previsión constitucional considerada en el desarrollo del entendimiento expuesto en la SC 0044/2010-R de 20 de abril, que identifica un triple carácter: preventivo, correctivo y reparador, en cuanto persigue frenar una lesión ante una inminente detención indebida o ilegal, evitando la materialización de una privación o restricción de la libertad, previniendo que se agraven las condiciones de una persona detenida, en virtud de una medida cautelar o en cumplimiento de una pena impuesta en su contra; y, porque opera ante la constatación de una detención ilegal o indebida, emergente de la inobservancia de las formalidades legales, respectivamente.

De acuerdo al desarrollo de la SCP 0975/2014 de 28 de mayo, y el art. 125 de la CPE, la naturaleza procesal de la acción de libertad, es sumarísima y de tramitación especial, con características de inmediatez en la protección, informalismo, generalidad e inmediación, procede contra cualquier servidor púbico o persona particular sin reconocer fuero ni privilegio alguno; y, los presupuestos de activación son: “a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución indebida”.