SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0177/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0177/2014-S1

Fecha: 19-Dic-2014

pronto despacho

En este mismo marco, encontramos el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, ahora acción de libertad, por el cual, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas; al respecto el Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 0011/2014 de 3 de enero, se pronunció señalando que: “'…busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio celeridad y el respeto a los derechos”.

De las normas y jurisprudencias referidas, podemos concluir que existe dilación, cuando la autoridad jurisdiccional, sea por cualquier causa apelación, recusación, turno o vacación, entre otros no señale la audiencia solicitada por el privado de libertad ni remita el expediente ante la autoridad competente dentro del plazo previsto por ley o dentro de un plazo razonable, dicha conducta negligente deja en un estado de indefensión e incertidumbre al imputado, siendo que habiendo solicitado audiencia de cesación, no se fija la misma en tiempo oportuno y razonable, y cuando interpone el recurso de apelación a objeto de su consideración y resolución por el Tribunal de alzada, la autoridad responsable no remite los antecedentes necesarios al efecto.