SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2014-S1
Fecha: 19-Dic-2014
II.4.
II.4. Mediante informe médico psiquiátrico de 29 de enero de 2014 expedido por Carlos Jiménez Viruez, Médico Psiquiatra se establece que, Sergio David Picolomini Palomeque se encuentra internado en el Hospital de Psiquiatría de la CNS de la ciudad de La Paz desde el 9 de igual mes y año, siendo la causa de su internación y tratamiento la presencia de alucinaciones auditivas, ideas delirantes de daño, perjuicio, persecutorias y de influencia de conducta muy desordenada, psicótica, todo ello relacionado a un incumplimiento terapéutico, con alteraciones de conducta desde hace doce o trece años atrás, con diagnóstico establecido y tratamiento permanente; encontrándose actualmente recibiendo tratamiento de forma adecuada con evolución favorable; pero aún no está en condiciones de ser “externado”, debido a que el accionante va a requerir de control continuo y por tiempo indefinido (fs. 42).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- precisando que cualquier situación de vulneración del derecho a la vida será conocida a instancias de las acciones de amparo constitucional o de libertad indistintamente
- III.2. Análisis del caso concreto
- -remitida el 7 de ese mes y año-
- CONFIRMAR