SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2014-S2
Fecha: 05-Dic-2014
a)
El accionante, mediante su abogado, en audiencia ratificó in extenso el contenido del memorial de acción de amparo constitucional y ampliando el mismo, precisó que: a) Se ha vulnerado el derecho a la petición y el acceso a la información, que van relacionados con el control social que ha sido implementado en la normativa constitucional vigente, más aún cuando el acceso a la información se encuentra reconocido por la Convención Americana de Derechos Humanos, como consecuencia directa del derecho a la libertad de información; por lo que no existiendo otra instancia que agotar, se encontraría cumplida la exigencia de la subsidiariedad; y, b) Lejos de proporcionar la documentación solicitada, se les habría extendido otra documentación diferente a la requerida, ingresando en franca vulneración de los derechos señalados, por lo que pide se conceda la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. En relación al entendimiento sobre el derecho de petición
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo