Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2014-S2
Fecha: 05-Dic-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, aduce que planteó la acción de amparo constitucional en resguardo a sus derechos a la petición y al acceso a la información, debido a que el Concejo Municipal de Cliza no habría dado respuesta alguna a su solicitud de petición de documentación, realizada mediante nota el 10 de abril de 2014, hasta la presentación de la presente acción el 8 de mayo del presente año; solicitando por ello se conceda la tutela y se ordene el acceso a la información.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. En relación al entendimiento sobre el derecho de petición
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo