SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2014-S2
Fecha: 05-Dic-2014
II.8.
II.8. Según CITE HCMC 13/14 de 29 de abril de 2014, del Honorable Concejo Municipal de Cliza dirigida al Colegio de Arquitectos de Cliza, cuya recepción es de 30 del mismo mes y año a horas 11:40 am, se remitió la siguiente documentación: El Plan Operativo Anual 2014; el Informe Técnico Financiero, la nota del 7 de abril de 2012 del Centro de Residentes Cliceños, dirigido al Presidente del Concejo Municipal de Cliza solicitando la construcción de la Capilla en el Cementerio; la nota de 8 de abril firmada por varios ciudadanos dirigida al Concejo Municipal de Cliza haciendo notar la preocupación por la Construcción de la Capilla en el Cementerio; y, la solicitud de audiencia de 15 de abril del Presidente del Colegio de Arquitectos de Cliza, dirigido al presidente del Concejo Municipal (fs. 51).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. En relación al entendimiento sobre el derecho de petición
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo