SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2014-S2

Fecha: 05-Dic-2014

En efecto, de nada sirve contar con disposiciones legales que protegen el derecho al trabajo y la estabilidad laboral; y, que exigen a la Jefatura Departamental de Trabajo intervenir de manera rápida en su defensa y protección, si éstas no son denunciadas por el trabajador dentro de un plazo razonable.

En efecto, de nada sirve contar con disposiciones legales que protegen el derecho al trabajo y la estabilidad laboral; y, que exigen a la Jefatura Departamental de Trabajo intervenir de manera rápida en su defensa y protección, si éstas no son denunciadas por el trabajador dentro de un plazo razonable.

Recordemos que ningún derecho o facultad es absoluto, de ahí que el art. 32.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos establezca: 'Los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común, en una sociedad democrática'.

Por su parte, nuestra Ley Fundamental en el art. 8.II, prevé: 'El Estado se sustenta en los valores de unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía, transparencia, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de género en la participación, bienestar común, responsabilidad, justicia social, distribución y redistribución de los productos y bienes sociales, para vivir bien'.